Política de Datos Biométricos
Propósito: C.H. Robinson Worldwide, Inc., y sus subsidiarias (colectivamente, la "Compañía") han adoptado esta Política y Aviso de datos biométricos (esta "Política") para proporcionar pautas sobre cómo la Compañía, sus proveedores o el licenciante de C.H. Robinson recopilan, almacenan o usan Datos biométricos únicamente para fines de verificación de identificación del conductor. Proteger la confidencialidad e integridad de los Datos biométricos es una responsabilidad crítica que debe tomarse en serio en todo momento. El cumplimiento de esta Política es obligatorio.
Alcance: Es aplicable a individuos que residen en estados con leyes integrales de privacidad de datos biométricos, incluyendo, entre otros, Illinois y California, que proporcionan datos biométricos según lo definido en esta política.
Definiciones: Según se utiliza en esta política, “Datos biométricos” incluye “Identificadores biométricos” e “Información biométrica” tal como se define en la Ley de Privacidad de la Información Biométrica de Illinois (“BIPA”), 740 ILCS § 14/1, y siguientes, e incluye “Información biométrica” definida en la Ley de Privacidad del Consumidor de California (“CCPA”) enmendada por la Ley de Derechos de Privacidad de California (“CPRA”), sección 1798.140(c).
“Identificador biométrico” se refiere a un escaneo de retina o iris, huella digital, huella de voz o escaneo de la geometría de la mano o del rostro. Los identificadores biométricos no incluyen muestras de escritura, firmas escritas, fotografías, muestras biológicas humanas utilizadas para pruebas o exámenes científicos válidos, datos demográficos, descripciones de tatuajes o descripciones físicas como la altura, el peso, el color de cabello o el color de ojos. Los identificadores biométricos no incluyen órganos, tejidos o partes donados, tal como se definen en la Ley de Donaciones Anatómicas de Illinois, ni sangre o suero almacenados en nombre de receptores o posibles receptores de trasplantes vivos o cadavéricos y obtenidos o almacenados por una agencia de adquisición de órganos designada por el gobierno federal. Los identificadores biométricos no incluyen materiales biológicos regulados por la Ley de Privacidad de la Información Genética. Los identificadores biométricos no incluyen la información capturada de un paciente en un entorno de atención médica ni la información recopilada, utilizada o almacenada para el tratamiento, pago u operaciones de atención médica bajo la Ley de Portabilidad y Responsabilidad de Seguros Médicos ("HIPAA") de 1996. Los identificadores biométricos no incluyen radiografías, procesos de rayos X, tomografías computarizadas, resonancias magnéticas, tomografías por emisión de positrones, mamografías u otras imágenes o películas de la anatomía humana que se utilicen para diagnosticar, pronosticar o tratar una enfermedad u otra afección médica o para validar aún más las pruebas o exámenes científicos.
“Información biométrica” se refiere a cualquier información, sin importar cómo se capture, convierta, almacene o comparta, basada en el identificador biométrico de una persona utilizado para identificar a dicha persona. La Información biométrica no incluye información derivada de elementos o procedimientos excluidos bajo la definición de Identificadores biométricos.
“Liberación escrita” significa consentimiento informado, en firma escrita o electrónica (un sonido electrónico, símbolo o proceso adjunto o lógicamente asociado a un registro).
Autorización: En la medida en que la Compañía, sus proveedores o el licenciante del software de verificación de identidad de la Compañía recopilen, capturen u obtengan de otro modo Datos biométricos relacionados con un conductor, la Compañía primero:
- Informe al conductor por escrito que la Compañía, sus proveedores o el licenciante del software de verificación de identidad de la Compañía están recopilando, capturando u obteniendo los Datos biométricos del conductor y que la Compañía está proporcionando dichos Datos biométricos a sus proveedores y al licenciante del software de verificación de identidad de la Compañía;
- Informe al conductor por escrito del propósito específico y la duración del tiempo durante el cual se recopilan, almacenan y utilizan los datos biométricos del conductor; y
- Reciba una autorización por escrito firmada por el conductor (o su representante legalmente autorizado) que autorice a la Compañía o a su(s) proveedor(es) del software de verificación de identificación de la Compañía a recopilar, almacenar y usar los Datos biométricos del conductor para los fines específicos divulgados por la Compañía, y para que la Compañía proporcione dichos Datos biométricos a sus proveedores y al licenciante del software de verificación de identificación de la Compañía.
La Compañía, sus proveedores o el licenciante del software de verificación de identidad de la Compañía no venderán, arrendarán, comerciarán ni obtendrán beneficios de los Datos biométricos de los conductores; no obstante, los proveedores de la Compañía y el licenciante del software de verificación de identidad de la Compañía pueden recibir pagos por los productos o servicios utilizados por la Compañía que empleen dichos Datos biométricos.
Divulgación: La Compañía no divulgará ni difundirá ningún dato biométrico a nadie que no sea su(s) proveedor(es) del software de verificación de identificación de la compañía sin/a menos que:
- Obtener el consentimiento por escrito del conductor para dicha divulgación o difusión;
- Los datos biométricos divulgados completan una transacción financiera solicitada o autorizada por el conductor;
- La divulgación es requerida por la ley estatal o federal o una ordenanza municipal; o
- La divulgación es obligatoria conforme a una orden o citación válida emitida por un tribunal de jurisdicción competente.
Calendario de retención y destrucción: La Compañía tendrá acceso a los Datos biométricos durante 60 días después de que se proporcionen; sin embargo, la Compañía no almacenará dichos Datos biométricos en sus servidores. Más bien, los datos biométricos se almacenarán en los servidores del licenciante del software de verificación de identidad de la Compañía. Los datos biométricos de cualquier conductor en posesión de la Compañía se conservarán solo hasta que ocurra lo primero de lo siguiente:
- Se ha cumplido el propósito inicial para recopilar u obtener dichos Datos biométricos, como la terminación del empleo del chofer, o el chofer se traslada a un puesto para el que no se utilizan los Datos biométricos; o,
- Dentro de los 3 años de la última interacción del conductor con el software de verificación de identificación.
Protección de la privacidad: La Compañía utilizará un estándar razonable de cuidado para almacenar, transmitir y proteger cualquier Dato biométrico en papel o electrónico recopilado de la divulgación. Dicho almacenamiento, si lo hay, transmisión y protección contra la divulgación se llevará a cabo de una manera que sea igual o más protectora que la forma en que la Compañía almacena, transmite y protege de la divulgación otra información confidencial y sensible descrita en su Aviso de privacidad.
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